Plataformas de criptoactivos en España

Plataformas de criptoactivos en España – Ya tienen autorización para operar

Las plataformas de criptoactivos en España, ya tienen la autorización del Gobierno Nacional, para poder realizar sus operaciones. En este sentido, los proveedores de servicios enfocados en la moneda virtual, tendrán que presentarse ante el Banco de España. Todo ello, en el marco de la prevención de blanqueo de capitales y financiación al terrorismo.

Sanciones previstas en este ámbito

Las firmas correspondiente a las plataformas de criptoactivos en España que no estén registradas, podrás ser sancionadas, a través de multas que pueden ser superiores a los 150.000 euros.

Así, el Banco de España tendrá a su disposición un plazo de seis meses, para crear el fichero. Además, las plataformas afectadas tienen hasta febrero de 2022, para cumplir con el proceso de registro.

Al respecto, Gloria Hernández Aler, socia de finReg360 ha señalado que:

Las firmas de criptomonedas estaban muy desprotegidas frente a las de otros países europeos que ya habían adoptado la normativa europea”, asegura. Hasta la fecha, el registro ya está operativo en Alemania, Francia y Holanda. En este último caso, explica José Miguel Medina, senior manager de FS Consulting de KPMG España, “la instauración de un registro llegó a provocar que algunas empresas que prestaban este tipo de servicios decidiesen cesar su actividad por no tener capacidad ni recursos para atender todos los requisitos para registrarse.

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Las plataformas de criptoactivos en España estarán sujetas a bases legales

El registro de las plataformas de criptoactivos en España, deben cumplir con los criterios de honorabilidad comercial y profesional. En este sentido, Hernández Aler ha explicado:

Aunque no pretende la regulación de los servicios de criptoactivos, sí que ha sido utilizado en el caso alemán para que en el registro se pida a estos actores algunos requisitos parecidos a los que va a exigir MICA –el reglamento sobre criptodivisas en la que trabaja la Comisión Europea.

Ficheros similares en el campo de los criptoactivos

Con relación al blanqueo de capitales y de financiación al terrorismo, los proveedores de servicios de compraventa. También, se considera la custodia de wallet e intercambio de criptoactivos.

Por tanto, son considerados sujetos obligados, como en el caso de las entidades de crédito, empresas de servicios de inversión, entre otros. Es decir que, deben reportar cada una de las operaciones sospechosas de blanqueo existentes.

Es por esta razón que, deben identificar a cada uno de sus clientes con nombre y apellidos. Dichos datos personales no serán exigidos ante el Banco de España. Así, los pueden dar a conocer mediante la fiscalía o Sepblac, en caso de ser necesario. Asimismo, deben conocer el origen de los activos digitales respectivamente.

En este sentido, son varias las alternativas que engloban el mundo de las criptomonedas. Entonces, es importante conocer las políticas y demás aspectos legales, para acceder a este mundo de los criptoactivos en España.

Conoce más información sobre las Plataformas de criptoactivos en España

  • Sitio web: www.sepblac.es/es/
  • Consultas generales:  9 1 3 3 8 8 8 0 8.
  • También, puede acceder a la siguiente dirección: Sepblac. Calle Alcalá, 48. 28014 Madrid

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